#Pensión No Contributiva

El Estado se financia a través de los impuestos que pagamos las personas que vivimos en España. Con esto, quiero decir que son múltiples las fuentes a través de las cuales se recauda el dinero (IVA, IRPF, cotizar a la Seguridad Social con la nómina, etc).

Y aunque todos aportamos de un modo u otro, en mayor o menor medida. El Estado, de esa recaudación, dedica una parte a la promoción y protección social (en 2016, el presupuesto total de esta partida es del 51,40% del total). En ella, podemos encontrar diferentes servicios o prestaciones. Pero a continuación, nos centraremos en la pensión no contributiva de jubilación.

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Cuando hablamos de PNC (pensión no contributiva)  nos referimos a la prestación a la cual podemos acceder aun sin haber cotizado de forma suficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva, es decir, si hemos cotizado menos del mínimo requerido (15 años) o fuera del tiempo establecido. Es decir, los últimos 2 años deben ser cotizados; en caso de que trabajases de los 20 años a los 50 años y te jubilases a los 65 años, contaría como que no has cotizado lo suficiente debido a que no están cotizados tus últimos 2 años laborales.

Para esta prestación es necesario cumplir unos requisitos específicos:

– Tener 65 años o más.

– No haber cotizado 15 años de vida laboral (siendo 2 de ellos, cotizados justo antes de solicitar la prestación) .

– Residir en territorio español durante 10 años (dos de los cuales tienen que ser los anteriores del devengo de la pensión, es decir, desde los 63 años).

– Carecer de ingresos suficientes según el criterio específico de la prestación (5.150,60 € anuales), aunque esta cuantía dependerá de los convivientes familiares del/la interesado/a. Dándose este caso, se aplicarían las cuantías de la siguiente tabla:

  • Convivencia con cónyuge y/o parientes de segundo grado consanguíneo (abuelo/as, nieto/as, hermano/as i cuñado/as del solicitante).
Nº convivientes €/Año
2 8.756,02
3 12.361,44
4 15.966,86
  • Si entre los convivientes se encuentran padres o hijos (primer grado consanguíneo).
Nº convivientes €/Año
2 21.890,05
3 30.903,60
4 39.917,15

Es recomendable acudir a los profesionales del trabajo social así como los técnicos de los servicios de la seguridad social para conocer las compatibilidades e incompatibilidades de esta prestación con otras, ya que pueden existir en vuestra comunidad autónoma prestaciones específicas que son incompatibles con la aquí expuesta.

Aun así, a continuación describiremos las incompatibilidades que podemos encontrar a nivel nacional y que también podréis encontrar en la página web del Imserso (www.Imserso.es).

La prestación no contributiva de jubilación es incompatible con:

– Pensión no contributiva de Invalidez.

– Pensión asistencial (PAS)

– Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM)

– Ayuda de Tercera Persona (SATP)

– Prestación por Hijo a Cargo (discapacidad).

Esta incompatibilidad se da debido a que se considera que la Prestación No Contributiva cubre las especificaciones que cubren las otras prestaciones, siendo prescindibles éstas últimas teniendo la primera.

En cuanto a la cuantía de la prestación, ésta se establece –al igual que el requisito para llegar  a ella- teniendo en cuenta el número de beneficiados y sus respectivas rentas, entendiéndose de este modo que aquellos/as individuos/as que forman parte de la unidad económica de convivencia se beneficiarán de la misma, intentando atender sus necesidades. Para este año 2016, la cuantía anual sería de 5.150,60€ (en 12 mensualidades ordinarias más 2 extraordinarias, es decir, 14 pagas anuales), si la prestación en cuestión por criterios de renta fuese íntegra (367,9€ mensuales). En caso contrario, si la prestación nos per tocase pero de forma parcial, la cantidad ed la misma no podría ser inferior al 25% de lo establecido, es decir, 91,98€ mensual (1.286,65€ anuales). Estas cifras podrían variar en función de la cantidad de beneficiarios de la pensión no contributiva, siendo el caso en que si hubiese dos, por ejemplo, la cuantía mensual si la prestación se concede de forma íntegra sería de 312,71€ mensuales (4.378,01€ anuales).

En definitiva, el Estado ofrece protección a aquellos ciudadanos en situación de jubilación y necesidad a través de la PNC a aquellas personas que no han cubierto los requisitos de cotización de la pensión contributiva de jubilación. Para acceder a la misma, es recomendable acudir a los servicios sociales o los servicios de la seguridad social para recibir una asesoración personalizada, en caso de poder ser beneficiario de alguna asistencia complementaria.

 

 

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